PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CONVOCATORIA 2027 

“TÉRMINOS DE REFERENCIA”

Introducción

Este documento complementa y amplía la información descrita en la Convocatoria 2027 de proyectos de investigación o innovación (en adelante, “la Convocatoria”) para la presentación de proyectos de investigación científica, tecnológica, humanística y artística emitida el 18 de agosto del 2026 por el Consejo de Investigación de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH).

El contenido de este documento aborda los siguientes puntos:

  1. Temporalidad, suspensión temporal, terminación anticipada del proyecto y cancelación.
  2. Estructura y características de los proyectos en extenso.
  3. Requisitos de participación.
  4. Rubros financiables.
  5. Evaluación y selección de proyectos.
  6. Asignación de recursos.
  7. Informe técnico.
  8. Extensión de proyecto
  9. Principios.
  10. Recurso de inconformidad.

Las y los interesados en presentar propuestas para llevar a cabo un proyecto de investigación o innovación deberán consultar la información disponible en la página electrónica de la Coordinación de Investigación Científica (CIC) de la UMSNH (https://www.cic.umich.mx/proyectos-de-investigacion/cic.html).

1.   Temporalidad, suspensión temporal, terminación anticipada del proyecto y cancelación.

La presente convocatoria contempla el apoyo a proyectos individuales, comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2027, de acuerdo con el numeral 1 de las bases de la convocatoria de proyectos de investigación o innovación 2027 en sus incisos a), b), c).

Suspensión temporal: Las y los profesores e investigadores podrán solicitar la suspensión temporal de su proyecto de investigación, siempre y cuando se encuentren realizando cargos administrativos (a partir de la categoría de jefes o jefas de departamento hasta la de rector o rectora) en la UMSNH, con o sin goce de sueldo a su categoría de tiempo completo. La activación de su proyecto será mediante oficio al término de su cargo administrativo; siempre y cuando la solicitud se realice antes de la asignación de los recursos para el año del ejercicio 2027, en caso de no estar en el supuesto anterior, deberá esperar al inicio del siguiente año.

Terminación anticipada del proyecto: Las o los profesores e investigadores podrán dar por terminado de manera anticipada su proyecto vigente, informando mediante oficio al presidente del Consejo de Investigación, para lo cual deberá realizar la comprobación y/o reintegrar el recurso no ejercido del gasto asignado al proyecto.

Cancelación: El proyecto de investigación será cancelado bajo los siguientes supuestos:

  1. No ser académico(a) de tiempo completo en las categorías y niveles establecidos en el artículo 98, fracción III, del Estatuto Universitario vigente, durante el periodo aprobado para la ejecución del proyecto.
    1. Estar contratado(a) por más de 8 (ocho) horas/semana/mes, con remuneración económica, en cualquier institución u organismo distinto de la UMSNH, para lo cual se dará fe mediante su documento de compatibilidad de empleo.
    1. No tener Perfil PRODEP y no pertenecer al SNII vigentes a la fecha de la evaluación del proyecto y durante el periodo de ejecución de este.
    1. Tener adeudos de proyectos de investigación financiados por la UMSNH en las convocatorias y ejercicios anteriores.
    1. Estar en proceso prejubilatorio, para lo cual deberá realizar la comprobación y/o reintegrar el recurso no ejercido del gasto asignado al proyecto.
    1. Las o los profesores e investigadores con permiso para realizar estudios de posgrado.
    1. Las personas responsables de proyectos que reintegren la totalidad de los recursos económicos asignados para la ejecución del proyecto.
    1. Quienes realicen el reintegro o la devolución del 50 % o más del financiamiento asignado sin una justificación debidamente fundamentada, para lo cual deberán presentar un escrito dirigido al Consejo de Investigación, en el que expongan las razones que motivaron dichos reintegros o devoluciones, para su análisis y determinación correspondientes.
    1. Presentar información falsa o no declarada con veracidad.
    1. No presentar en línea el informe técnico y financiero del proyecto en ejecución independientemente de su estatus, de acuerdo, con el formato disponible en la página electrónica del SIIA WEB 

2.  Estructura y características de los proyectos en extenso.

 

2.1 Proyectos de investigación.

La estructura del proyecto, deberá contar con un máximo de 36,000 caracteres incluidos los espacio, apegarse al formato establecido en la plataforma de captura disponible en la página electrónica del Sistema Integral de Información Administrativa (SIIA) de la UMSNH, el cual deberá contemplar lo siguiente:

Título y presentación general (25 puntos). (Máximo 500 caracteres)El título debe reflejar de manera clara y concisa el tema central de la investigación. Debe incluir las variables principales del estudio y, de ser posible, indicar la población y el contexto en los que se llevará a cabo la investigación.
introducción (25 puntos) (Máximo 2000 caracteres)La introducción es la primera sección del protocolo de investigación y su función principal es presentar el problema de estudio. En esta parte se explica el contexto en el que se desarrolla la investigación, su relevancia y los aspectos generales que la sustentan. También debe captar el interés del lector y proporcionar un marco inicial para entender el resto del documento.
Planteamiento del problema (50 puntos) (Máximo 1000 caracteres)El planteamiento del problema expone de manera clara la situación que se desea investigar. Debe incluir:Una descripción detallada del fenómeno a estudiar.Evidencia de la existencia del problema.Consecuencias de no abordar la problemática.Pregunta(s) de investigación que guiarán el estudio.
Hipótesis (25 puntos)(Máximo 1000 caracteres)Las hipótesis son suposiciones que se plantean antes de realizar un estudio y que pueden ser probadas mediante el análisis de datos. Representan la relación esperada entre variables y guían el diseño metodológico.                                                                                                                                                                 
Objetivos (25 Puntos)(Máximo 1500 caracteres)Los objetivos establecen con claridad qué se busca alcanzar con el estudio. Se dividen en:Objetivo General: Representa la meta principal del estudio, el propósito final que se desea lograr.Objetivos Específicos: Son los pasos intermedios necesarios para alcanzar el objetivo general. Deben ser medibles, alcanzables y formulados con precisión.
Justificación (25 puntos)(Máximo 3000 caracteres)La justificación explica la necesidad del estudio y su importancia dentro del campo de conocimiento. Se deben abordar aspectos teóricos (cómo contribuye al conocimiento existente), prácticos (cómo se puede aplicar en la vida real) y metodológicos (cómo llenar vacíos en la investigación previa). Además, debe responder a la pregunta: “¿Por qué es importante realizar esta investigación?”
Marco Teórico o Revisión de la Literatura (25 puntos) (Máximo 9000 caracteres)Sección en la que se recopila y analiza la información existente sobre el tema de estudio. Debe incluir:Definiciones conceptuales y operacionales de términos clave.Teorías y modelos relevantes.Antecedentes de investigaciones previas relacionadas con el tema.El objetivo de esta sección es proporcionar un contexto teórico sólido que respalde la investigación.
Metodología o Materiales y Métodos (150 puntos) (Máximo 8000 caracteres)Describe detalladamente cómo se llevará a cabo la investigación, incluyendo:Diseño del estudio (experimental, observacional, cualitativo, mixto, etc.).Población y muestra, criterios de inclusión y exclusión.Instrumentos y técnicas de recolección de datos.Procedimientos y análisis de datos.Debe ser lo suficientemente clara para que otro investigador pueda replicar el estudio
Viabilidad del proyecto (Recursos y cronograma) (25 puntos) (Máximo 2000 caracteres)                                                                 RecursosIndica los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros necesarios para llevar a cabo el estudio.CronogramaDescribe la planificación del estudio, estableciendo fechas aproximadas para cada etapa de la investigación, desde la recolección de datos hasta la redacción del informe final. Este apartado debe incluirse en la propuesta de proyectos global.
Resultados Esperados (25   puntos)(Máximo 2000 caracteres)Los resultados esperados describen las posibles conclusiones a las que se puede llegar con base en la hipótesis y el análisis de datos. Su redacción debe ser clara y realista, estableciendo los impactos del estudio en términos científicos y prácticos.Ejemplos de resultados esperados:Validar una teoría o refutar una hipótesis previa.Identificar tendencias o patrones en los datos.Proponer estrategias de intervención en un problema específico.Formación de recursos humanos y publicaciones, etc.
Impacto y Trascendencia (25 puntos)(Máximo 1500 caracteres)Sección que explica cómo los hallazgos de la investigación pueden influir en el campo académico, en la sociedad o en el sector productivo. Puede abordar aspectos como:Impacto académico: Contribuciones al conocimiento teórico o metodológico.Impacto social: Beneficios para comunidades específicas o políticas públicas.Impacto económico: Aplicaciones en sectores productivos o generación de nuevas tecnologías.
Originalidad (25 puntos)(Máximo 1500 caracteres)Se explica en qué medida el estudio es novedoso y cómo se diferencia de investigaciones previas. Puede justificarse con el uso de nuevas metodologías, el abordaje de un problema poco explorado o la combinación de enfoques innovadores.
Coherencia y Congruencia global (25 puntos)Debe garantizarse que todos los elementos del protocolo están alineados y tienen coherencia interna. Desde la formulación del problema hasta la metodología y los resultados esperados, debe existir un hilo conductor lógico y argumentativo.
Bibliografía, Referencias Bibliográficas y/o trabajos citados (25 puntos) (Máximo 3000caracteres)Referencias BibliográficasLas referencias bibliográficas son el listado de fuentes citadas en el protocolo. Se presentan siguiendo un formato estandarizado, como APA, Vancouver o IEEE, y permiten respaldar teóricamente la investigación, mostrando la base científica que sustenta el estudio.BibliografíaLa bibliografía incluye fuentes adicionales que se consultaron para la elaboración del protocolo, aunque no hayan sido citadas directamente en el texto. Sirve como material complementario para profundizar en el tema.

La evaluación será por pares de los comités de áreas determinados por el Consejo de Investigación y por un integrante de los comités de ética en la investigación, investigación y bioseguridad (CEIIB).

Para obtener la aprobación y proceder a la evaluación académica del proyecto, se deberá de obtener al menos 300 puntos en este rubro, así como el dictamen de aprobación de los comités de ética en la investigación, investigación y bioseguridad. El puntaje obtenido será parte de la calificación o puntaje total del proyecto, permitiendo hacer la sumatoria del puntaje de la trayectoria, producción académica y formación de recursos humanos de la o el investigador por lo que en este rubro se podrá obtener hasta un máximo de 500 puntos.

2.2 Proyectos de Innovación.

No.Criterio de evaluaciónPuntosProyectos de investigaciónProyectos de innovación
1Título y presentación general25 puntos (Máximo 500 caracteres)El título debe reflejar de manera clara y concisa el tema central, las variables principales, la población y el contexto. El título y presentación deben identificar claramente la solución, producto, proceso, servicio, metodología o modelo de innovación que se propone desarrollar o mejorar.
2Introducción / Contextualización25 puntos(Máximo 2000 caracteres)Presenta el contexto, relevancia y antecedentes generales del problema de investigación.Presenta el contexto de la problemática o necesidad que da origen a la innovación, así como su relevancia y oportunidad de atención.
3Planteamiento del problema / Necesidad o reto50 puntos(Máximo 1000 caracteres)Describe el fenómeno, evidencia del problema, consecuencias y preguntas de investigación.Identifica claramente la necesidad, problemática o reto que se pretende atender, sustentando su existencia y su relevancia.
4Hipótesis / Propuesta de solución25 puntos.  (Máximo 1000 caracteres)Formula las hipótesis y las relaciones esperadas entre las variables. Describe la solución innovadora propuesta y la manera en que atiende o resuelve la problemática identificada.
5Objetivos25 puntos(Máximo 1500 caracteres)Objetivo general y objetivos específicos, medibles, alcanzables y congruentes. Define con claridad el objetivo general y los objetivos específicos de desarrollo, validación, implementación o escalamiento de la innovación.
6Justificación / Pertinencia de la propuesta25 puntos(Máximo 3000 caracteres)Explica la importancia teórica, práctica y metodológica de la investigación. Justifica la necesidad y la pertinencia de la innovación, así como el valor que genera respecto de las alternativas existentes.
7Marco teórico o revisión de la literatura / Estado actual25 puntos(Máximo 9000 caracteres)Antecedentes, conceptos, teorías, modelos y literatura científica relacionada. Presenta el estado actual de la tecnología, los productos, los procesos, los servicios, las metodologías o los modelos relacionados, identificando oportunidades de mejora y diferenciación.
8Metodología o materiales y métodos 150 puntos(Máximo 8000 caracteres)Diseño, población, muestra, instrumentos, procedimientos y análisis de datos. Describe la estrategia de desarrollo, la metodología, las etapas, los procesos, las pruebas, la validación, el prototipado, la implementación y los mecanismos de evaluación de la innovación.
9Viabilidad del proyecto25 puntos(Máximo 2000 caracteres) Recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros, así como el cronograma. Evalúa la factibilidad técnica, operativa y financiera, la capacidad institucional, los recursos disponibles, el plan de implementación y la gestión de riesgos.
10Resultados esperados25 puntos(Máximo 2000 caracteres)Resultados científicos y prácticos previstos, formación de recursos humanos, publicaciones, estrategias o soluciones. Resultados, productos, prototipos, procesos, servicios, metodologías o modelos que se espera desarrollar, validar o implementar.
11Impacto y trascendencia / Impacto y apropiación social del conocimiento25 puntos(Máximo 1500 caracteres)Impacto académico, social, económico, tecnológico y/o productivo. Potencial de beneficios científicos, tecnológicos, sociales, económicos, ambientales o culturales; transferencia tecnológica o social; apropiación social del conocimiento; vinculación y posibilidades de adopción, implementación y escalamiento.
12Originalidad / Grado de innovación25 puntos(Máximo 1500 caracteres)Novedad del estudio, metodología, problema abordado o combinación de enfoques. Originalidad, desarrollo o mejora significativa de productos, procesos, servicios, metodologías o modelos, así como la diferenciación respecto al estado actual.
13Coherencia y congruencia global25 puntos.Correspondencia lógica entre el problema, la hipótesis, los objetivos, la metodología y los resultados esperados.Se integra transversalmente en la valoración de la propuesta, particularmente en los criterios de viabilidad y de desarrollo de la innovación.
14Bibliografía, referencias bibliográficas y/o trabajos citados25 puntos(Máximo 3000 caracteres)Calidad, pertinencia y actualidad de las fuentes utilizadas. Máx. 3,000 caracteres.
TOTAL 500 puntos500 puntos

La evaluación será por pares de los comités de áreas determinados por el Consejo de Investigación y por un integrante de los comités de ética en la investigación, investigación y bioseguridad (CEIIB). 

Para obtener la aprobación y proceder a la evaluación académica del proyecto, se deberá de obtener al menos 300 puntos en este rubro, así como el dictamen de aprobación de los comités de ética en la investigación, investigación y bioseguridad. El puntaje obtenido será parte de la calificación o puntaje total del proyecto, permitiendo hacer la sumatoria del puntaje de la trayectoria, producción académica y formación de recursos humanos de la o el investigador por lo que en este rubro se podrá obtener hasta un máximo de 500 puntos.

3.  Requisitos de participación.

Para participar en la presente convocatoria, se deberá ser académico (a) de tiempo completo en las categorías y niveles establecidos en el artículo 98, fracción III, del Estatuto Universitario vigente. Antes de enviar el dictamen de aprobación de su proyecto, será validado su estatus laboral por la instancia pertinente. Para lo cual se verán imposibilitados(as) a participar en la presente Convocatoria:

  1. Los técnicos académicos en sus diferentes categorías y niveles;
  2. Las o los profesores e investigadores, con permiso para realizar estudios de posgrado.
  3. Las o los profesores e investigadores que ostenten un cargo administrativo vigente en el momento de la publicación de la convocatoria en dependencias externas a la Universidad Michoacana.
  4. Las o los profesores e investigadores que no satisfagan el número 4 de las bases de la convocatoria.
  5. Aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos del numeral 5 de la convocatoria vigente a la fecha de la emisión de la misma, a la evaluación del proyecto y durante el periodo de ejecución de este.

El proyecto será presentado por la o el profesor e investigador de manera individual, quien será la o el responsable técnico y administrativo del mismo, lo que significa que, además de la dirección académica de la investigación o innovación, llevará a cabo la administración del proyecto y, por tanto, será el responsable de las comprobaciones del gasto ante la tesorería de la Universidad.

4.  Rubros financiables

Se apoyarán los gastos indispensables para la ejecución del proyecto. Los rubros que pueden ser financiados con recursos del fondo asignado de la convocatoria vigente aprobada por el Consejo de Investigación, son los que se detallan en las cuentas que aparecen en la GUÍA CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN 2027, de acuerdo con los anexos de ejecución presupuestal aprobados por el Consejo Universitario para el ejercicio fiscal 2027.

No será elegible para cubrirse con el recurso asignado, todo aquello que no esté considerado dentro de la GUÍA CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN 2027, o que no esté justificado en términos de los objetivos, metas y actividades del proyecto.

5.  Evaluación y selección de proyectos

  • Recepción de los proyectos

Los proyectos de investigación se deberán enviar en línea a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta el 17 de septiembre de 2026. Las o los Profesores e Investigadores cuyos proyectos vencen en el 2026, deberán capturar en formato PDF los archivos probatorios de su producción académica 2025 y 2026 hasta la fecha de cierre de la convocatoria, en la plataforma electrónica del SIIA WEB en el apartado del Curriculum Vitae Nicolaíta (CVN). Para el caso de los proyectos de investigación en etapa de continuidad o extensión, se deberá presentar el informe 2026 del proyecto y los archivos probatorios de la producción académica, correspondientes a la anualidad comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, en el caso de participación en el programa ESDEPED, la productividad declarada para la evaluación 2026 es la que se tomará para su evaluación. En caso de no haber participado en el ESDEPED 2026, su productividad será evaluada dentro del periodo mencionado bajo dicho programa, por lo que tendrán que tener actualizado su CVN al cierre de la convocatoria.

5.2     Evaluación de los proyectos

El Consejo de Investigación de la UMSNH será el único responsable en la aprobación de los proyectos de investigación o innovación, así como de la asignación de los montos en función de los recursos disponibles.

El Consejo de Investigación integrará comités evaluadores, en los que participarán pares académicos de las diferentes dependencias de la universidad.

La evaluación considerará el tipo de proyecto de que se trate y la producción académica de la o el profesor e investigador responsable según lo establecido en el punto 5.1.

Las propuestas de proyectos nuevos de investigación serán evaluadas por los comités evaluadores designados por el Consejo de Investigación en conjunto con los comités de ética en la investigación, investigación y bioseguridad (CEIIB). Estos comités serán los responsables de la evaluación de los proyectos propuestos de acuerdo al numeral 2.

El dictamen final del proyecto contempla los siguientes apartados:

Evaluación del proyecto: Al menos deberá obtener 300 puntos como mínimo para someterlo a evaluación académica (trayectoria académica, producción académica y formación de recursos humanos), y aprobación del CEEIB, según sea el caso. La puntuación máxima para el proyecto será de 500 puntos.

Trayectoria académica: Solo se evaluarán las propuestas de proyectos de las o los profesores e investigadores que cuenten con perfil PRODEP y/o SNII. (20 a 75 puntos como máximo)

Producción académica y formación de recursos humanos: (máximo 500 Puntos) Puntaje máximo de evaluación: 1000 puntos.

5.3   Tipos de proyectos

  • Proyectos nuevos

Los proyectos considerados como nuevos serán aprobados por un periodo de un añoEstos proyectos serán evaluados por:

  1. Los pares académicos designados por el Consejo de Investigación, pertenecientes a los comités evaluadores por áreas del conocimiento, junto con un miembro del CEIIB, los cuales emitirán el puntaje de la evaluación del proyecto, alcanzando un máximo de 500 puntos o un mínimo de 300 puntos.
    1. Los rubros de trayectoria académica, producción académica y formación de recursos humanos, serán evaluados por los comités evaluadores designados por el Consejo de Investigación, quienes emitirán el puntaje correspondiente.

En caso de que el proyecto reciba un dictamen de NO APROBADO por los CEIIB, se le notificará al solicitante a partir del 01 de octubre de 2026, y tendrá 5 días hábiles para solventar los ajustes, cambios requeridos y observaciones realizadas por los CEIIB, en la misma plataforma de captura del proyecto.

Las solicitudes que alcancen un puntaje igual o superior a 600 puntos (mínimo 300 puntos en la evaluación del proyecto) pasarán a formar parte de los proyectos aprobados 2027.

5.3.2     Proyectos de continuidad.

Serán aquellos proyectos que son autorizados para ejecutarse en un segundo año, los cuales deberán cumplir con lo establecido en la convocatoria, los términos de referencia para este tipo de proyectos y tener cumplimento del informe técnico y financiero en las fechas que el Consejo de Investigación establezca.

5.3.3     Proyectos de extensión.

Son aquellos proyectos autorizados para ejecutarse en un tercer año, por única ocasión, los cuales deberán cumplir con lo establecido en la convocatoria, los términos de referencia para este tipo de proyectos y tener cumplimento del informe técnico y financiero en las fechas que el Consejo de Investigación establezca.

5.4   Criterios que deberán contener los Proyectos de innovación

Los proyectos de innovación serán evaluados conforme a los siguientes criterios:

5.4.1       Grado de innovación

  • Originalidad de la propuesta. 
  • Desarrollo o mejora significativa de productos, procesos, servicios, metodologías o modelos. 
  • Nivel de diferenciación respecto al estado actual. 

5.4.2     Viabilidad

  • Factibilidad técnica, operativa y financiera. 
  • Capacidad institucional para desarrollar la propuesta. 
  • Plan de implementación y gestión de riesgos. 

5.4.3     Impacto y apropiación social del conocimiento

  • Potencial de generación de beneficios científicos, tecnológicos, sociales, económicos, ambientales o culturales. 
  • Estrategias para la transferencia tecnológica o social.
  • Mecanismos de apropiación social del conocimiento, de divulgación, de vinculación con sectores productivos, gubernamentales o sociales. 
  • Posibilidad de escalamiento, de adopción o de implementación de los resultados.

5.5     Información comprobatoria para la trayectoria académica, producción académica y formación de recursos humanos

La información probatoria que debe ser anexada al CVN es la siguiente:

5.6.1.    Evaluación del proyecto.

Para este rubro se considera la puntuación obtenida en el numeral 2 y 5.2 de los términos de referencia.

  • Trayectoria académica. (mínimo 20 puntos y máximo 75 puntos)

Para evaluar la trayectoria académica, la o el profesor e investigador que forma parte del PRODEP (25 puntos si está vigente al momento de la evaluación) y/o al SNII (Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores). (20 a 50 puntos. Candidato: 20 puntos, Nivel I: 30 puntos, Nivel II: 40 puntos y Nivel III y Emérito: 50 puntos). Para este rubro se considera la información oficial proporcionada por el SNII sobre sus miembros activos.

5.6.3.    Producción académica y formación de recursos humanos (máximo 500).

5.6.3.1. Trabajos de extensión y de vinculación con el entorno social o productivo. 0 a 45 puntos

Se refiere al desarrollo de programas con impacto en los sectores sociales y/o productivos, en los que no haya habido un pago específico por los mismos; se consideran también las exposiciones y presentaciones de obras artísticas. Se deberá contar en lo posible con un convenio o, en su defecto, presentar el aval del Consejo Técnico y en todos los casos se deberá dar crédito a la UMSNH. Se acreditará con: informe de actividades realizadas, programas, videos, carteles, trípticos, notas en prensa y artículos publicados en revistas de difusión y extensión. Tal trabajo no deberá estar asociado a una actividad curricular. Las actividades a que refiere este concepto deben ser periódicas y efectuadas durante un ciclo escolar o por un periodo no menor a tres meses. No aplica para eventos ocasionales de difusión, presentación, entre otros. El académico deberá acompañar entre su documentación un oficio dirigido a la Comisión donde declare que tal actividad no fue remunerada de forma alguna, directa o indirecta, y que cuente con el aval del presidente del H. Consejo Técnico. La ausencia de este requisito, hace improcedente el registro de puntuación alguna.

Para efectos de la asignación del puntaje, será requisito indispensable la presentación del convenio de vinculación con la UMSNH debidamente requisitado con el Departamento de Vinculación de la UMSNH, o bien las cartas contrato o de comisión con el visto bueno del presidente del Consejo Técnico, así como copia del Acta de Consejo Técnico donde se autorizó la tarea de vinculación. A esta actividad se otorgarán 15 puntos si la actividad fue realizada durante al menos 3 meses (25 horas efectivas), 30 puntos si la actividad fue realizada durante al menos 6 meses (50 horas efectivas) y 45 puntos si la actividad fue realizada por un tiempo mayor a 9 meses (75 horas efectivas).

5.6.3.2.    Libros. Máximo: 100 puntos

Se considerarán en este concepto los libros publicados y elaborados por el académico en sus áreas de desempeño académico. Un libro se considera en su forma física impreso en papel o en formato electrónico y suele tener una extensión de más de 100 páginas, incluyendo ilustraciones, apéndices y bibliografía. En este concepto se considerarán los libros publicados por el académico en el período de evaluación, por una editorial de reconocido prestigio, los cuales deberán mencionar con claridad el título completo del libro, el nombre de la editorial reconocida como tal, el lugar donde se publicó, el año de edición de la obra, el ISBN institucional que aparece en la página legal y el número de ejemplares impresos indicado en el colofón. Otro parámetro que ayuda a identificar un libro es su estructura interna es la introducción, subdivisión de capítulos y subcapítulos, conclusiones, apéndices y fuentes de información. El académico presentará un ejemplar del libro con las características mencionadas, el cual se evaluará una sola vez, aunque haya varias reimpresiones del mismo. Las ediciones actualizadas recibirán el puntaje correspondiente, de acuerdo con el reporte de modificaciones realizadas. En este caso se deberá enviar la versión anterior y la actualizada del libro.

Para evaluar la calidad se tendrán en cuenta los aspectos siguientes:

  • Aportaciones propias del autor,
    • La trascendencia regional, nacional o internacional de la obra,
      • El uso en la enseñanza en el caso de los libros de texto.

En este rubro no se considerarán las ediciones de memorias de congreso ni los artículos contenidos en ellas. En caso de que haya más de dos autores, la puntuación asignada será dividida entre el número de éstos, sin considerar para tal efecto a los alumnos o a personas provenientes de otra institución que colaboren en la obra. Será considerado el grado de participación del coautor, cuando éste sea cuantificable.

Hasta tres autores tendrán la misma puntuación si al menos dos de ellos pertenecen a un mismo cuerpo académico en consolidación o consolidado.

a)         Libros de Edición Regional.

A los libros que no sean publicados en editoriales de alcance nacional o internacional les serán asignados entre 0 y 50 puntos; la evaluación de su calidad considerará su impacto en la educación y su relevancia en el área de desempeño del académico. Para estas ediciones el tiraje mínimo debe de ser de 200.

b)         Libros con Edición nacional o internacional.

A los libros publicados por editoriales de alcance nacional o internacional les serán asignados hasta 100 puntos. Para estas ediciones el tiraje mínimo debe de ser de 500.

c)          Capítulo de libro.

Se asignará hasta 15 puntos por capítulo, considerando su contribución al contenido total del libro y calidad de la edición, pudiendo presentarse hasta tres capítulos, en libros distintos, con un mínimo de 15 páginas.

  • Compilación, edición o coordinación de un libro. Máximo 20 puntos.

La compilación, edición o coordinación de un libro, se tomará como una sola actividad y deberá demostrarse con un estudio introductorio y tendrá una puntuación de 20 puntos.

5.6.3.3.    Artículos.

En todos los casos se deberá dar el crédito correspondiente a la UMSNH.

En estos conceptos no se considerarán resúmenes o “abstracts”. Se evaluará la calidad considerando el nivel de clasificación de las revistas que cada una de las áreas elabore y actualice.

a)         Artículos científicos. Máximo: 5 artículos.

Se otorgarán de 0 a 50 puntos por artículo.

Se considerarán en este concepto los artículos en el área de desempeño del académico, que sean el resultado de un trabajo original de investigación y que, para el caso de las publicaciones nacionales, hayan sido publicados por una revista que aparezca en el Sistema nacional de publicaciones científicas y humanísticas de la SECIHTI o en el Citation Index para revistas extranjeras. El académico presentará una copia del artículo completo y señalará el título, la revista y la fecha en que fue publicado, además de incluir evidencia de que se encuentra indexada en las bases de datos antes mencionadas.

La puntuación asignada será de 50 puntos para cada uno de los autores participantes.

Los trabajos en extenso, publicados en proceedings incluidos en el Citation Index, serán evaluados con 30 puntos; deberá anexarse el comprobante de que pertenece al Citation Index. Cuando el número de autores sea mayor de dos, la puntuación asignada al artículo será dividida entre el número de autores; en caso de dos autores, ambos recibirán la puntuación asignada al artículo; al contabilizar el número de autores, se excluirán los autores que sean alumnos y coautores externos a la UMSNH, lo cual se deberá indicar en el formato de remisión de documentos. Hasta tres autores de un mismo cuerpo académico en consolidación o consolidado recibirán cada uno el total de puntaje asignado al artículo. Los artículos en la Revista Ciencia Nicolaíta y Dicere de la Coordinación de Investigación Científica de la UMSNH, serán considerados en el rubro de proceedings, contando dos como máximo.

b)         Artículos científicos (revistas especializadas). Máximo: 40 puntos.

Se otorgarán de 0 a 15 puntos por artículo.

En este concepto se incluyen los artículos producidos por el académico en su área de desempeño académico, que están dirigidos a profesionales o estudiantes del área, que abordan una cuestión con rigor científico y están publicados en una revista con comité editorial.

El académico proporcionará una copia del artículo completo y señalará el título, la revista y la fecha en que fue publicado. Un artículo publicado en varias revistas se evaluará una sola vez. Cuando el número de autores sea mayor de dos, la puntuación asignada al artículo será dividida entre el número de autores; en caso de dos autores, ambos recibirán la puntuación asignada al artículo; al contabilizar el número de autores, se excluirán los autores que sean alumnos y coautores externos a la UMSNH, lo cual se deberá indicar en el formato de remisión de documentos. Hasta tres autores de un mismo cuerpo académico en consolidación o consolidado recibirán cada uno el total de puntaje asignado al artículo.

Se evaluará la calidad teniendo en cuenta los aspectos siguientes:

  • La relevancia de la cuestión tratada,
    • La originalidad,
    • El prestigio, entre los especialistas, de la revista que publica.

Deberá anexarse copia de portada e índice de la revista donde se publicó.

En el caso de revistas electrónicas, se deberá anexar una impresión de la página principal de la revista y el índice donde aparece el artículo.

c)         Artículos de divulgación. Máximo: 3 artículos. Máximo 18 Puntos.

Se otorgarán de 0 a 6 puntos por artículo, considerando un máximo de 3 artículos.

Se considerarán en este concepto los artículos publicados, elaborados por el académico en su área de desempeño académico, que estén dirigidos a la población en general y que tengan una extensión suficiente para tratar el tema que aborden con un criterio profesional. El académico proporcionará una copia del artículo completo y señalará el título, el órgano de difusión y la fecha en que fue publicado. Un artículo publicado en varios medios de difusión se evaluará sólo una vez.

Se calificará tomando en cuenta la calidad, contenido y el alcance de su difusión. En este rubro se considerarán las reseñas publicadas en revistas científicas, del área de desempeño del académico.

La puntuación asignada será dividida entre el número de autores, sin considerar para ello, los autores que sean alumnos.

5.6.3.4.    Ponencias. Máximo: 50 puntos.

Se entenderá como ponencia la presentación de una propuesta o tesis, con referencia escrita, relativa a una temática específica del área de desempeño académico del docente, dentro de un congreso o evento similar convocado por una Institución o asociación académica y dirigida a un público especializado.

La puntuación se asignará de acuerdo a la siguiente clasificación:

  • Ponencias dentro de la dependencia (con participación local). 0 a 4 puntos
  • Ponencias dentro de la Universidad (con participación local o regional). 0 a 8 puntos
  • Ponencias nacionales o internacionales sin acreditación de criterio de selección 0 a 12 puntos
  • Ponencias nacionales o internacionales con acreditación de criterio de selección y ponencias magistrales por invitación. 0 a 15 puntos.
  • Las ponencias deberán ser afines al área de desempeño académico. Una misma ponencia que se presente en varios eventos se evaluará una sola vez. Si una ponencia se publica en extenso, en memorias, proceedings o en otro medio de difusión, quedará a elección del académico incluirla como tal o como un artículo científico de revista especializada. Deberá comprobarse con una copia de la constancia de participación expedida por los organizadores del evento o el documento equivalente.
  • Las ponencias locales dentro de la dependencia deberán estar acreditadas por el H. Consejo Técnico.

Deberá anexarse información general del congreso y en su caso la evidencia de selección, mediante carta de aceptación del trabajo después de arbitrado, requisitos en convocatoria u otros elementos. Hasta 2 coautores obtendrán la misma puntuación asignada a la ponencia; en caso de 3 o más autores, la puntuación asignada a la ponencia será dividida proporcionalmente; el académico deberá señalar la participación de estudiantes y coautores externos, quienes no serán considerados para el presente criterio de asignación de puntos.

Si este concepto se satura, las ponencias restantes podrán ser reportadas como conferencias (una misma ponencia no podrá evaluarse simultáneamente en ambos conceptos.

  • Asesoría a alumnos en la preparación de concursos, eventos académicos. Máximo 18 puntos

En el caso de la preparación de alumnos para examen CENEVAL, para el concurso en las Olimpiadas del área correspondiente, la atención de alumnos en el Programa Verano Nicolaíta de Investigación de la Ciencia o el Programa Delfín. Se otorgarán hasta 9 puntos por alumno.

5.6.3.6.    Asesoría a alumnos en servicio social y prácticas profesionales. Máximo: 20 puntos

Se considerarán solamente Programas de Servicio Social terminados y se asignarán de 0 a 10 puntos por alumno asesorado. La fecha de terminación del servicio social deberá corresponder al año de evaluación (enero–diciembre) y se verá reflejada en el SIIA.

Se entiende por asesoría de prácticas profesionales la ejecución de un trabajo profesional realizado por un alumno, durante una estancia de al menos 6 meses en el área profesional de desempeño, y cuya dirección haya recaído en forma directa bajo la responsabilidad del profesor (no se incluyen las materias curriculares).

Deberá anexarse un comprobante expedido por la dirección de la dependencia correspondiente, donde se señale el tipo de labor desarrollada por el estudiante, el nombre del profesor responsable de la supervisión y el periodo y lugar en que se realizó la práctica profesional. Se considerarán solamente asesorías de prácticas profesionales terminadas en el periodo de evaluación (enero-diciembre). No se consideran en este rubro los ayudantes de investigación ni becarios.

5.6.3.7.    Asesoría de tesis. Máximo: 4 tesis.

Se consideran en este concepto solamente los trabajos que hayan sido asesorados realmente por el académico en el período de evaluación, sin tener en cuenta los casos en que el académico haya sido designado asesor únicamente por requisito interno de la dependencia; en tal caso, el puntaje se asignará al académico que compruebe la asesoría del trabajo. Sólo se tendrán en cuenta las tesis que hayan conducido a la obtención del grado en una dependencia de la Universidad Michoacana.

En el caso de asesorías en una institución distinta a la UMSNH, ésta deberá reportarse en el rubro I.2 como distinciones. Con excepción de los programas Interinstitucionales y convenios vigentes a la fecha. El académico verificará en el SIIA el nombre del tesista, título de la tesis y fecha del examen profesional. En los casos de colaboración deberá reportarse un porcentaje estimado de participación por cada colaborador para la asignación proporcional del puntaje.

En el desarrollo de tesis conjuntas (más de un tesista), se considerará el puntaje correspondiente a una sola tesis, independientemente del número de tesistas.

La puntuación se asignará de acuerdo a la siguiente clasificación, considerando hasta un máximo de 4 tesis:

  • Tesis de licenciatura 20 puntos
  • Tesis de especialidad 25 puntos
  • Tesis de maestría 34 puntos
  • Tesis de doctorado 50 puntos

5.6.3.8.    Asesoría de tesinas. Máximo: 3 tesinas

Se considerarán solamente las tesinas o equivalentes (trabajo escrito y presentada su defensa) que haya conducido a la obtención del grado en una dependencia de la Universidad Michoacana. El académico verificará en el SIIA los datos de nombre del alumno, nombre del trabajo y fecha de examen profesional. Se aplicarán 7 puntos por cada tesina, hasta un máximo de 3 tesinas.

5.6.3.9.    Revisión de trabajos de tesis o tesinas. Máximo: 30 puntos

Se considerarán solamente los trabajos de tesis o tesinas que hayan sido presentados en examen profesional en una dependencia de la Universidad Michoacana. En el caso de revisiones de trabajos en una institución distinta a la UMSNH, ésta deberá reportarse en el rubro I.2 distinciones. El académico verificará en el SIIA el título del trabajo, nombre del alumno y fecha del examen de titulación. Se aplicarán 3 puntos por cada revisión de tesina, 8 puntos por tesis de licenciatura y de especialidad, 10 puntos por tesis de maestría o especialidad médica con orientación clínica y 15 puntos por tesis de doctorado, hasta un máximo de 30 puntos.

5.6.3.10.   Dirección de publicaciones relacionadas con la docencia.

En este concepto se considerarán los cargos como director o miembro de un Comité Editorial de una revista o publicación periódica. El académico presentará informe sobre los objetivos y actividades realizadas en la publicación, incluyendo la constancia del director de la revista acerca de su participación. Esta actividad se evaluará de 0 a 12 puntos máximo.

5.6.3.11.       Integrantes de Comités Editoriales de Área y comités editoriales de las dependencias académicas, editores e integrantes de comités editoriales de revistas de la UMSNH legalmente establecidas y de revistas externas indizadas, así como dictaminadores designados por los comités señalados.

Para que el(la) evaluador(a) pueda asignar el puntaje correspondiente, será necesario generar un documento en formato PDF con las constancias que lo acrediten. 15 puntos.

5.6.3.12.       Evaluador de proyectos de investigación internos y externos avalados por organismos nacionales e internacionales acreditados.

Para que el(la) evaluador(a) pueda asignar el puntaje correspondiente, será necesario generar un documento en formato PDF con las constancias que lo acrediten. 10 puntos.

5.6.3.13.   Gestión y obtención de apoyos para actividades académicas. Máximo: 85 puntos

Este concepto se refiere a toda actividad realizada por el académico, como parte sustantiva de un proyecto de investigación o programa de fortalecimiento académico de grupos de trabajo, que se haya traducido en la obtención de recursos externos para la generación de conocimientos, formación de recursos humanos, innovación tecnológica, equipamiento de laboratorios, adquisición de acervos bibliográficos, ampliación y modernización de infraestructura, organización de eventos académicos y publicaciones. Quedan comprendidos los apoyos de SECIHTI, ICTI, PFCE, FONCA, CNCA, entre otros. Deberá presentarse la documentación probatoria: solicitud, protocolo, dictamen positivo de evaluación o carta oficial de aprobación, calendario de actividades, financiamiento global, monto económico aprobado por rubro, calendario de ejercicio y mecanismos de aportación.

Deberá también indicarse el número de participantes en el proyecto o programa y el impacto esperado. En este concepto también será considerada la aprobación y obtención de apoyo para el desarrollo de proyectos de investigación por la Coordinación de la Investigación Científica de nuestra Universidad.

En los apoyos a Cuerpos Académicos se asignará puntaje a todos los integrantes. La puntuación asignada a proyectos de investigación se aplicará durante la vigencia de los mismos. No se consideran las actividades inherentes a los cargos directivos.

5.6.3.14.   Patentes, Propiedad intelectual y derechos de autor.

Patentes. Máximo: 100 puntos

Se otorgarán hasta 100 puntos, por patente otorgada durante el periodo de evaluación. Se considerará la relevancia, trascendencia e impacto de lo patentado en los ámbitos académico, social y productivo.

Por título de derechos de autor Indautor 25 puntos (no se consideran los libros ya evaluados en el punto 5.4.3.2), Protección de Variedades vegetales 50 puntos, modelo de utilidad 50 puntos y secreto industrial 50 puntos otorgadas durante el periodo de evaluación. Se considerará la relevancia, trascendencia e impacto de lo protegido en los ámbitos académico, social y productivo.

6.  Asignación de recursos

  • Comunicación de resultados

El Consejo de Investigación dictaminará sobre las solicitudes presentadas y comunicará vía electrónica el resultado de la evaluación a partir del 01 de octubre de 2026. La o el solicitante dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación del resultado, para hacer uso del recurso de inconformidad, el cual deberá presentar en forma escrita y debidamente fundamentada dirigida al presidente del Consejo de Investigación.

Los proyectos que obtengan una calificación igual o superior a 600 puntos serán considerados como aprobados y se comunicará a los profesores proponentes del proyecto vía electrónica al correo institucional, a través de un oficio del presidente del Consejo de Investigación, atendiendo a los numerales de la convocatoria. En este documento se establecerá la puntuación total de la evaluación y las fechas de vigencia del proyecto. La carta de aceptación del proyecto será enviada a la o el responsable técnico del proyecto una vez que se verifique, con el Departamento de Programación y Presupuesto de la Tesorería de la UMSNH, que no tiene adeudos de Proyectos anteriores.

6.2.   Monto aprobado y ministración de recursos

El otorgamiento del financiamiento quedará condicionado a la disponibilidad presupuestal asignada para este fin a través de la aprobación del Consejo Universitario por vía de la Coordinación de la Investigación Científica y, para el ejercicio fiscal 2027. El monto aprobado para la ejecución del proyecto será determinado por el Consejo de Investigación y la ministración de recursos se hará de acuerdo con los criterios establecidos por la tesorería y la contraloría de la UMSNH. Para los proyectos aprobados de la convocatoria 2027, el monto asignado y su entrega estará sujeto a la disponibilidad de recursos, al cumplimiento de las bases de la convocatoria, de los términos de referencia y del cumplimiento de la comprobación del gasto otorgado en anteriores convocatorias ante la tesorería de la universidad.

El o la responsable técnico será también, responsable administrativo ante la tesorería de la UMSNH, por lo que la comprobación del recurso asignado al proyecto quedará bajo la responsabilidad de este y sujeto a la autorización y aprobación del ejercicio del gasto por parte de la tesorería de la UMSNH.

6.3.   Informes técnico y financiero

Al término del proyecto nuevo, de continuidad o extensión, y como parte del compromiso, la o él responsable deberá emitir un informe técnico de los resultados obtenidos, de acuerdo con el formato que para tal efecto estará disponible a través de su cuenta en la plataforma del SIIA WEB. Respecto al informe financiero este se deberá entregar al cierre del ejercicio presupuestal que marque la tesorería de la UMSNH.

7.  Extensión de proyecto

Los proyectos aprobados en esta convocatoria podrán ser de continuidad (Segundo año) o de extensión (Tercer año); para ello deberán haber cumplido con los entregables comprometidos. Al término del proyecto, la o el responsable técnico deberá indicar en el formato en línea del SIIA WEB que solicita la continuidad o extensión del proyecto y emitir un informe de los resultados obtenidos, utilizando el formato establecido para este fin. La aprobación de la continuidad o extensión y la asignación de recursos estará sujeta a la evaluación de acuerdo a la convocatoria.

8.  Principios

En el desarrollo de los proyectos aprobados deberán observarse los siguientes principios:

1)         Protección a la propiedad intelectual.

El responsable técnico, en la ejecución de sus proyectos, deberá respetar los derechos de propiedad intelectual de los desarrolladores que tengan derecho a los mismos de acuerdo con la normatividad universitaria. La violación a los derechos mencionados será motivo de cancelación del apoyo y/o la devolución de los recursos otorgados. La titularidad de los derechos de propiedad intelectual que se produzcan durante el desarrollo de los proyectos por el responsable técnico en forma individual o con la colaboración con otros, en virtud del proyecto, serán propiedad única y exclusiva de quien conforme a derecho corresponda y a los propios de la UMSNH, respetando en todo momento los derechos morales de quienes intervengan en su realización. En las publicaciones o presentaciones en eventos que se realicen, derivadas o relacionadas con el resultado de los proyectos, se deberá dar el crédito correspondiente a la UMSNH, agregando la leyenda: “Proyecto apoyado por el Consejo de Investigación de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo”. En lo no previsto en los presentes términos de referencia se estará a lo regulado en la Ley Federal del Derecho de Autor, en la Ley de la Propiedad Industrial y en los demás ordenamientos aplicables.

2)         Previsiones éticas, bioéticas y éticas en la investigación, ecológicas y de seguridad

Las y los responsables técnicos se obligan a respetar las disposiciones que se refieran a la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, así como obtener de la autoridad competente cualquier permiso, concesión o requisito referente a las materias mencionadas previo a la ejecución del proyecto. De igual forma, se obligan a cumplir con la normatividad vigente cuando los proyectos involucren la participación de seres humanos, la utilización de animales, el manejo de sustancias tóxicas, radiactivas o agentes patógenos, la colección de especies en áreas protegidas, exploraciones o excavaciones, así como la legislación aplicable y la normatividad institucional en materia de seguridad. En los casos requeridos, es responsabilidad de los responsables técnicos contar con los permisos correspondientes expedidos por la autoridad competente. Cualquier incumplimiento a estos principios y previsiones declarado por resolución de autoridad competente, podrá ser motivo de cancelación del apoyo.

Para lo cual deberá contestar en la plataforma SIIA WEB las siguientes preguntas, basándose en el siguiente diagrama:

  • Pregunta para determinar si un proyecto debe ser evaluado por el Comité de Ética en la Investigación:

¿La investigación propuesta involucrará en la fase experimental o de trabajo de campo, a participantes humanos o animales?

  • Pregunta para determinar si un proyecto debe ser evaluado por el Comité de Bioseguridad:

¿El protocolo de investigación tiene implicaciones de bioseguridad?

3)         Transparencia, eficiencia, eficacia, economía y honradez

Es obligación de la UMSNH administrar los recursos económicos de que dispongan con transparencia, eficiencia, eficacia, economía y honradez, satisfaciendo los objetivos a los que estén destinados. Las y los responsables técnicos deberán observar dichos principios en la adquisición de los bienes y servicios necesarios para la ejecución de los proyectos, administrando los apoyos de igual forma. Para tal efecto, deberán presentar los informes técnicos y financieros en los términos planteados en la convocatoria, en los presentes términos de referencia y en las disposiciones de la tesorería de la UMSNH. Cualquier incumplimiento a dichos principios podrá ser motivo de cancelación del apoyo.

4)           Equidad y no discriminación

Las y los responsables técnicos se obligan a considerar la equidad de género, la no discriminación por causas de nacionalidad, origen étnico, preferencia sexual, religión y/o cualquier otro atributo inherente a la persona, que pudieran interpretarse o resultar como un acto discriminatorio.

9.  Recurso de inconformidad

El recurso de inconformidad deberá presentarse en forma escrita y debidamente fundamentado en un plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación del resultado, y deberá ser dirigido al presidente del Consejo de Investigación, quien deberá turnarlo a los comités correspondientes. Este elaborará un dictamen por escrito fundamentado académicamente, ratificando o modificando el puntaje, mismo que deberá ser revisado y en su caso avalado por el pleno del Consejo.

10. Soporte Técnico

El Departamento de Proyectos de la CIC apoyará con los trámites de las solicitudes a partir de la publicación de la Convocatoria y hasta tres días antes del cierre de la misma. Horario de atención de lunes a viernes: 8:00 a 19:00 horas, teléfonos 443-316-7436, 443-327-2366, 443-322-3500 ext. 4109 y 4115 y en el correo electrónico: dpto.proyectos.cic@umich.mx

Morelia Mich., Ciudad Universitaria, 18 de agosto de 2026.

Por

EL CONSEJO DE INVESTIGACIÓN DE LA UMSNH