Convocatoria 2027

Ago 19, 2026

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN 2027

La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, a través de la Coordinación de la Investigación Científica y avalada por el Consejo de Investigación, con base en los artículos 3° fracción III, 4° y 5° de la Ley Orgánica, 81° fracción II del Estatuto Universitario, 3° y 52° fracción VI incisos d) y e) del Reglamento General del Personal Académico vigente.

CONVOCA

A las y los Académicos de Carrera con categoría de Profesor e Investigador titular o asociado de tiempo completo, adscritos a la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) a presentar proyectos de investigación o innovación que puedan ser evaluados y aprobados por la Coordinación de la Investigación Científica (CIC) a través del Consejo de Investigación, y que, cumpliendo con los criterios establecidos en la presente convocatoria y en sus términos de referencia, sean susceptibles de recibir financiamiento por parte de la Universidad.

BASES

  1. La presente convocatoria contempla la aprobación y, en su caso, el otorgamiento de financiamiento a proyectos de investigación de carácter individual, bajo la siguiente clasificación:
  2. Proyectos nuevos: Serán aprobados por un periodo de un año y estarán sujetos a evaluación conforme a lo establecido en esta convocatoria y en sus términos de referencia.
  3. Proyectos de continuidad (Segundo año): Para la continuidad del segundo año, estos estarán sujetos a la evaluación y puntuación requeridas conforme lo establezcan la convocatoria y sus términos de referencia.
  4. Proyectos de extensión: Se podrá solicitar la extensión por un año adicional (tercer año), sujeta a evaluación y aprobación conforme lo establezcan la convocatoria y sus términos de referencia.
  5. Los proyectos que se presenten deberán ajustarse a los lineamientos previstos en el Plan de Desarrollo Institucional vigente, así como a las políticas de fomento a la investigación y las áreas del conocimiento establecidas por el Consejo de Investigación de la UMSNH, conforme a la normativa aplicable.
  6. Las áreas del conocimiento son:
    1. Ciencias Biológico-Agropecuarias;
    1. Ciencias de la Salud;
    1. Ciencias Económico Administrativas;
    1. Ciencias Exactas, Metalurgia y Materiales e Ingenierías y Arquitectura;
    1. Derecho, Humanidades y Artes.
  7. Tendrán derecho a participar en la presente Convocatoria las académicas y los académicos de carrera con categoría de profesor(a) e investigador(a) titular o asociado(a) de tiempo completo, adscritas(os) a las distintas dependencias de la UMSNH, que, durante la vigencia del proyecto, cumplan con los siguientes requisitos establecidos.
  1. Ser académicos(as) de tiempo completo en las categorías y niveles establecidos en el artículo 98, fracción III, del Estatuto Universitario vigente.
  2. No estar contratado(a) por más de 8 (ocho) horas/semana/mes, remuneradas económicamente, en cualquier institución u organismo distinto de la UMSNH, para lo cual se dará fe a partir de su documento de compatibilidad de empleo.
  3. Tener el Perfil PRODEP y/o pertenecer al SNII vigente a la fecha de la evaluación.
  4. No tener adeudos de proyectos de investigación financiados por la UMSNH en convocatorias y ejercicios anteriores.
  5. Se verán imposibilitados a participar al momento de la emisión de la presente convocatoria las y los Profesores e Investigadores, que se encuentren cursando estudios de posgrado, cuenten con licencia sin goce de sueldo, estén en licencia prejubilatoria o desempeñando cargos administrativos en instituciones externas a la UMSNH.
  6. Cada solicitante será responsable técnico de un solo proyecto de investigación aprobado por el Consejo de Investigación de la UMSNH.
  7. El proyecto deberá ser presentado en línea a través de la plataforma Sistema Integral de Información Administrativa (SIIA WEB), de acuerdo con la convocatoria y sus Términos de Referencia aprobados por el Consejo de Investigación, disponibles a partir de la fecha de publicación en la página electrónica de la CIC.
  8. Serán objeto de evaluación exclusivamente aquellos proyectos que cumplan con lo estipulado en la presente convocatoria y en sus términos de referencia.
  9. Los proyectos que se presenten deberán cumplir con los criterios de calidad, factibilidad y pertinencia establecidos en la presente Convocatoria y en sus Términos de Referencia, de conformidad con la naturaleza de la propuesta.
  10. Proyectos de investigación. La evaluación considerará la calidad científica, la pertinencia, la factibilidad, la trayectoria y la productividad científica y académica de la o el responsable técnico de acuerdo con las áreas del conocimiento. La productividad se evaluará exclusivamente con base en la información contenida en el Curriculum Vitae Nicolaita (CVN), debidamente registrado en el portal SIIA WEB de la UMSNH.
  11. Proyectos de innovación. La evaluación considerará el grado de innovación, la originalidad de la propuesta, su viabilidad técnica, el potencial de transferencia tecnológica o social, el impacto esperado y las estrategias para la apropiación social del conocimiento. Asimismo, se valorará la experiencia y la trayectoria de la o el responsable técnico en actividades de innovación, desarrollo tecnológico, vinculación o transferencia, conforme a los criterios establecidos en los Términos de Referencia.
  12. Con el propósito de evaluar y aprobar los proyectos de continuidad y de extensión, así como de autorizar la asignación de los recursos financieros para su ejecución, será requisito indispensable la entrega del informe parcial o final a través de la plataforma SIIA WEB de la UMSNH. Lo cual permitirá la evaluación de los siguientes criterios:
    1. Trayectoria académica;
    1. Productividad académica y formación de recursos humanos.
  13. Las o los responsables técnicos de proyectos nuevos y de continuidad que decidan concluirlos, así como los de extensión, deberán registrar en el SIIA WEB de la UMSNH el informe final del proyecto.
  14. El otorgamiento del financiamiento quedará condicionado a la disponibilidad presupuestal asignada para este fin después de la aprobación por el Consejo Universitario y el Consejo de Investigación, para el ejercicio fiscal 2027.
  15. La asignación de financiamiento a los proyectos evaluados y aprobados se realizará conforme a los términos de referencia, del puntaje requerido y obtenido durante el proceso de evaluación.
  16. Únicamente serán aprobados y apoyados presupuestalmente aquellos proyectos que obtengan una puntuación total, igual o superior a 600 puntos. 
  17. El puntaje total corresponderá a la suma del puntaje asignado en el proyecto, a la trayectoria académica y a la productividad 2025 (productividad académica y formación de recursos humanos). 
  18. El Consejo de Investigación de la UMSNH se reserva el derecho de evaluar y dictaminar las solicitudes de proyectos, o bien, de cancelar aquellos previamente aprobados, en los casos en que las y los Profesores e Investigadores de tiempo completo en sus diferentes categorías incurran en alguna de las siguientes conductas:
    1. Carezcan del informe técnico parcial o final del proyecto de investigación aprobado por el Consejo de Investigación en las convocatorias anteriores;
    1. Que presenten el informe técnico parcial o final incompleto de acuerdo con la plataforma SIIAWEB de la UMSNH;
    1. Incumplimiento en la elaboración del Programa Operativo Anual (POA) dentro del plazo establecido por la Coordinación;
    1. Quienes realicen el reintegro total del Recurso.  
    1. Quienes realicen el reintegro igual o superior al 50% del financiamiento asignado, sin justificación ante el Consejo de Investigación.
    1. Pérdida de cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 4 de la presente Convocatoria.
  19. Las y los responsables técnicos estarán obligados a reintegrar la totalidad de los recursos financieros otorgados, y no podrán participar en el año subsecuente para presentación de propuestas de proyectos de la CIC, en los siguientes supuestos:
    1. Presentación de información falsa y/o alterada con fines de evaluación;
    1. Omisión en la gestión del ejercicio de los recursos ante la tesorería en las fechas que esta establezca;
    1. Estén sujetos a observación de la comisión de ética, bioética o ética en investigación en cualquier elemento vinculado al proyecto o productos derivados de este;
    1. En caso de encontrarse en una controversia legal con o en contra de la UMSNH.

En cualquiera de estos supuestos, el Consejo de Investigación determinará la participación de la o el responsable técnico en las convocatorias de la CIC.

  1. El financiamiento para el desarrollo del proyecto podrá considerar los conceptos contenidos en la guía clasificador por objeto del gasto para proyectos de investigación, una vez aprobada por el Consejo de Investigación y publicada en la página de la CIC.
  2. El periodo para la recepción en línea de las solicitudes de participación, así como para el envío del proyecto correspondiente, iniciará a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y concluirá el 17 de septiembre de 2026. La o el Profesor e Investigador proponente recibirá, vía correo electrónico institucional, una notificación de acuse de recibo que confirme la recepción de su propuesta.

19. En ninguna circunstancia se aceptarán proyectos que:

  1. Sean presentados fuera del periodo marcado en la convocatoria y en sus términos de referencia.
    1. Que carezcan de la información y documentación completas, establecidas en los formatos del SIIA WEB y del CVN.
    1. Aquellos que sean enviados por otro medio distinto del señalado en la convocatoria y en sus términos de referencia.
  2. El Consejo de Investigación de la UMSNH, con el apoyo de los comités evaluadores integrados por pares académicos designados por el propio órgano colegiado, emitirá el dictamen correspondiente respecto de las solicitudes y los proyectos presentados.

Para los proyectos nuevos, estos serán revisados en una primera instancia por los Comités de ética, de ética en la investigación, de investigación y de bioseguridad, de acuerdo con los puntos marcados en los términos de referencia; y posteriormente dictaminados por los comités evaluadores designados por el Consejo de Investigación.

El resultado de la evaluación será notificado por escrito, a través de correo electrónico institucional a partir del 01 de octubre de 2026.

  • La o el profesor e investigador proponente contará con un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación, para interponer, por escrito y debidamente fundamentado, el recurso de inconformidad ante la Presidencia del Consejo de Investigación.
  • Los proyectos aprobados (nuevos, de continuidad y de extensión) formarán parte del Programa de Investigación 2027 y recibirán el financiamiento correspondiente, conforme al dictamen emitido por el Consejo de Investigación, sujeto a la disponibilidad presupuestal y al cumplimiento de las bases establecidas en la presente convocatoria y sus términos de referencia.
  • Para todos los proyectos de investigación aprobados en convocatorias anteriores y/o que se encuentren vigentes o bien para los que solicite extensión para el ejercicio fiscal 2027, será requisito indispensable:
    • Remitir en línea el informe técnico correspondiente, a más tardar el 06 de noviembre de 2026.
    • La comprobación del ejercicio del gasto del proyecto 2026 conforme a las fechas establecidas por la Tesorería de la UMSNH.
  • Los proyectos que soliciten extensión para el ejercicio fiscal 2027 deberán presentar el informe anual correspondiente del proyecto de origen (2025). La aprobación de dicha extensión, así como la asignación de recursos financieros, quedarán condicionadas a la obtención de 600 puntos como mínimo, al cumplimiento de las metas y entregables establecidos en el proyecto original. La valoración del informe se realizará con base en los productos generados y registrados en el CVN en el periodo comprendido del 01 de enero de 2025 al 06 de noviembre de 2026, considerando los siguientes criterios:
    • Trayectoria académica;
    • Producción académica y formación de recursos humanos.
  • Los casos no previstos en la presente convocatoria serán analizados y dictaminados por el Consejo de Investigación de la UMSNH, cuyas determinaciones serán inapelables.

Morelia, Michoacán, a 18 de agosto de 2026.

Por

EL CONSEJO DE INVESTIGACIÓN DE LA
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO